Día 365+219
Comentando lo que me despierta la
lectura de:
De Beauvoir, Simone: El Segundo Sexo. México,
Random House Mondadori (Debolsillo), 2013.
De Beauvoir, Simone: El Segundo Sexo. México,
Random House Mondadori (Debolsillo), 2013.
Empezaremos
tratando de desmenuzar la pregunta que me hago en el título ¿qué es un crimen
contra en Estado? Pero ¿qué es el Estado?
“es un concepto político que se refiere a una forma de organización
social, económica, política soberana y
coercitiva, formada por un conjunto de instituciones no voluntarias, que tiene
el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado”[1].
“[…] La idea de
que el aborto es un homicidio desaparece en el siglo XIX, cuando más bien se lo
considera un crimen contra el Estado.[…]” (p.113)
Entendemos por
homicidio a “el resultado de una acción u omisión mediante el cual se priva de
la vida a otra persona. […] El homicidio se diferencia del asesinato por su
carencia de alevosía, ensañamiento u otra circunstancia […]”[2] entonces
podríamos decir, tratando de entender la anterior cita, que en el momento en
que el aborto que pasa de ser un acto no malintencionado a un asesinato contra
en Estado, esto bien puede convertirse en crimen.
Así que con lo
anterior trataré de decir que es un crimen contra en Estado. Es una sociedad
que está organizada por instituciones que dictan leyes, para regir la conducta
de sus habitantes, todo aquel que no sigue dichas leyes están ya no sólo en contra
de algunos individuos, sino contra Estado que es el que garantiza en bien estar
de cada persona de la sociedad. Así que alguien que comete un delito, término
que es equivalente a crimen, es porque realiza una “acción típica, anti jurídica,
imputable, culpable, sometida a una sanción penal […]”[3] Considero
que la cuestión aquí es que no siempre las leyes son justas e igualitarias, y
más si se trata de un tema como el aborto.[4]
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